El pasado 1 de julio entraron en vigor las nuevas normas sobre el IVA para las compras en línea en la Unión Europea. Este cambio actualiza el sistema sobre el impuesto sobre el valor añadido que desde 1993 no se había modificado y que no ha seguido el ritmo del auge del comercio electrónico internacional. Con esta novedad la Comisión Europea quiere garantizar unas condiciones más equitativas para todas las empresas, simplificar el comercio electrónico transfronterizo y ofrecer más transparencia para los compradores de la UE en lo que respecta a los precios y la libre elección.
La nueva normativa afecta a los vendedores y mercados o plataformas online tanto dentro como fuera de la UE, a las empresas de correos y mensajería, a las Administraciones Aduaneras, fiscales y a los consumidores.
Novedades
Se ha suprimido la exención de que las mercancías con un valor inferior a los 22 euros importadas en la Unión Europea por empresas no pertenecientes a la UE. La supresión de esta exención hará que se aplique el IVA a todos los bienes que entren en la UE como sucede en el caso de los bienes vendidos por las empresas de la Unión.
Se he eliminado esta exención porque la experiencia ha demostrado que se ha abusado y algunos vendedores de fuera de la UE etiquetan engañosamente los envíos de mercancías como los teléfonos inteligentes para beneficiarse de la exención. Esta laguna cuesta a las haciendas públicas de la UE unos 7.000 millones de euros al año debido al fraude, lo que aumenta la carga fiscal para otros contribuyentes.
Otro cambio es que los vendedores de comercio electrónico ya no tienen que contar con su número de IVA en cada estado miembro en el que realicen un volumen de negocio determinado. Ahora se sustituyen estos diferentes umbrales por un umbral común de la UE de 10.000 euros. Por encima de este umbral el IVA deberá abonarse en el Estado miembro en el que se entreguen los bienes.
Para que sea más sencillo esta liquidación y facilitar la venta en otros países, los vendedores online pueden inscribirse en un portal electrónico denominado “ventanilla única” (One Stop Shop), en el que pueden dar cumplimiento a todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE. Este umbral de 10.000 euros ya es aplicable a los servicios electrónicos vendidos online desde 2019.
El registro se puede hacer en cada estado en su propia lengua y una vez registrado el minorista puede declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única. Esta se encargará de transmitir el IVA al Estado miembro correspondiente.
A la vez, se introduce una ventanilla única de importación para los vendedores de fuera de la UE que les permite registrarse fácilmente a efectos del IVA en la UE y garantiza que el importe correcto del IVA llegue al Estado miembro a que corresponda. De este modo, al comprar a un vendedor de fuera da la UE el IVA estará incluido en el precio, lo que pondrá fin a las solicitudes de aduanas o empresas de mensajería que piden un pago adicional a la llegada de las mercancías al país de residencia, ya que el IVA ya habrá sido abonado.