La instalación de sistemas de videovigilancia se ha generalizado en los puntos de venta. Conocer bien las implicaciones legales al tratar las imágenes tomadas es una necesidad para todas las empresas que utilizan estos sistemas. Para responder a todas las dudas y aconsejar sobre el tratamiento de estos datos personales INTECO ( Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación) y Anova IT han presentado la “Guía sobre videovigilancia y protección de datos personales”.
La “Guía sobre videovigilancia y protección de datos personales” se presentó en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) de la mano de Víctor Izquierdo, director general de INTECO, Enrique Piñero, socio director de Anova IT Consulting, Pablo Pérez, gerente del Observatorio de Seguridad de la Información de INTECO y Miguel Ruiz, director de Consultoría de Anova IT Consulting, quienes expusieron los contenidos y los objetivos de la guía.
La guía nace para analizar las implicaciones legales derivadas de la instalación de sistemas de videovigilancia y su utilización en los diferentes ámbitos para que las personas o entidades responsables conozcan sus obligaciones y principios de actuación.
Al mismo tiempo, facilita la información a los ciudadanos sobre los derechos que tienen respecto a la captación y el tratamiento de su imagen.
Fines y principios del tratamiento de imágenes
La guía define la videovigilancia como toda la actividad que supone la colocación de una cámara de grabación, fija o móvil, con la finalidad de garantizar la seguridad de una instalación o de las personas, asegurar el correcto desempeño de las tareas en el entono laboral o ser de utilidad en diversos ámbitos.
En los últimos años se observa una evolución de esta materia, ya que se han producido cambios normativos que han aliviado los requisitos legales para la utilización de la videovigilancia en determinados supuestos. Además, el avance de la tecnología y las posibilidades de Internet como canal de intercambio de imágenes y datos han conferido nuevas funciones a estos sistemas. Y los fines de la videovigilancia para la seguridad y control laboral han de unirse a otras actividades como seguimiento en guarderías, investigaciones científicas, etc.
Estos factores están relacionados y suponen que ahora se usa la videovigilancia en ámbitos tanto personales como profesionales. Dependiendo del entorno y de la finalidad, el uso de las imágenes de las personas identificadas se derivan distintas implicaciones jurídicas. Así, existe el derecho de las personas a la intimidad, el honor y la propia imagen por lo que la videovigilancia debe respetarlo. La imagen de la persona es un dato personal de la misma por tanto debe ser tratada de acuerdo a lo establecido en la legislación relativa a la protección de datos.
Derechos
Las entidades o personas que instalen sistemas de videovigilancia para captar imágenes en las que puedan aparecer personas indentificables deben observar principios generales de actuación que se desprenden de la normativa de protección de datos y por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
El responsable del sistema de videovigilancia es la persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decide sobre la utilización de las imágenes grabadas.
El deber de información obliga al responsable del sistema a advertir a los individuos se está produciendo una captación de imágenes, el lugar en el que se produce y facilitar información de su instalación; ya que los individuos afectados por una grabación deben conocer previamente que van a ser objeto de esta actuación frente a la que pueden ejercer su derechos — de acceso, rectificación u oposición, y solicitar indemnizaciones en función del daño que les puediera ocasionar un tratamiento inadecuado de su imagen—.
El responsable además es el encargado del fichero que incorpore el tratamiento de los datos personales que resulta de dicha actividad, de gestionar el acceso a terceros, de asegurar la integridad y la confidencialidad de la información captada, así como de destruir las imágenes una vez cumplida la obligación de custodia.
Estos datos son una muestra de todas las recomendaciones y del análisis que contiene la guía. INTECO y Anova IT han editado esta guía en español e inglés y han preparado un resumen de la misma en catalán, euskera, gallego y valenciano. Estas distintas versiones están disponibles para su descarga en la web de INTECO (www.inteco.es) y Anova IT (www.anovagroup.es).
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